Sociedad limitada

Índice
  1. CARACTERÍSTICAS
  2. IMPUESTOS
  3. SEGURIDAD SOCIAL
  4. TRÁMITES
  5. S.L. FRENTE A S.A.
  6. SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
  7. LA S.L. NUEVA EMPRESA
  8. ANEXO LEGISLATIVO SL NUEVA EMPRESA



La Sociedad de Responsabilidad Limitada es una sociedad mercantil, que tiene el capital social dividido en participaciones iguales, indivisibles y acumulables (que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones), y en la que los/as socios/as no adquieren responsabilidad personal por las deudas sociales.

Denominación:

Denominación de la Sociedad según la voluntad de los/as socios/as certificación negativa.

Constitución:

Elaboración de Estatutos y otorgamiento de escritura pública. Inscripción en el Registro Mercantil y en el registro de Sociedades Laborales.

Nº socios/as:

No puede ser inferior a dos.

Aportaciones:

Dinero, trabajo, bienes o derechos. No puede ser inferior a 3.005,06 euros y debe estar totalmente desembolsado desde el inicio de la actividad con participación mayoritaria de los socios/as trabajadores/as.

Responsabilidad:

Limitada al capital de la sociedad. Cada socio/a responderá hasta el límite de su aportación y no con su patrimonio personal.

Derechos de los socios/as:

Participan en las pérdidas y ganancias de la sociedad en proporción a su aportación al capital social.

Seg. social: Régimen general, para trabajadores y Régimen de Autónomos para administradores
Fiscalidad:

Impuesto sobre Sociedades. Tipo general 35 %. Reducciones para micropymes.